El CMR (Convention relative au contrat de transport international de Marchandise par Route) es un Convenio Internacional incorporado al Derecho Español desde su publicación en el BOE de 7 de Mayo de 1974, que regula el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera. Este Convenio fija obligaciones y derechos de las partes implicadas.
El primer Convenio se firmó en Suiza en 1956. Posteriormente se revisó para fijar el DEG (Derechos de Giro) como unidad monetaria de medida y para incluir la Carta de Porte electrónica.
La Carta de Porte por carretera, o carta CMR (Contract for the International Carriage of Goods by Road), es el documento que formaliza el contrato de transporte de una mercancía por vía terrestre y rodada.
Ámbito
Se aplica a los transportes realizados por cuenta ajena, siempre que uno de los puntos de carga/descarga se encuentre en un país signatario, que son los del siguiente mapa. El transportista responde de los actos de sus empleados y subcontratistas. Es obligado rellenar la Carta de Porte. Confirma tanto que el Transportista ha recibido la mercancía como que hay un Contrato entre ese Transportista y la Empresa Contratante del Transporte. No da derecho de propiedad de los bienes transportados.
Derechos y obligaciones
Con este Contrato ambas partes tienen derechos y obligaciones que se pueden resumir:
Del Cargador:
Obligaciones:
Derechos:
Del Transportista:
Obligaciones:
Derechos:
La responsabilidad del transportista está limitada tanto en los casos de pérdida como de avería o demora:
Los plazos para reclamar están establecidos en períodos muy cortos (1 día después de la recepción para los daños visibles y 7 días después de la entrega para los invisibles). La prescripción se verifica en un año (excepto si es por dolo).
Cuando en un solo contrato de transporte intervienen varios transportistas, se define la forma de repartir las responsabilidades, salvo que pueda averiguarse donde se produjo el daño.
Carta de Porte
"La CARTA DE PORTE es un documento fehaciente de la existencia de un contrato de transporte. La ausencia, irregularidad o pérdida de dicho documento no afectará ni a la existencia ni a la validez del contrato de transporte, que seguirá estando sometido a las disposiciones de este Convenio.". CMR. art. 4.
Por tanto, es un documento y no el Contrato en sí. El Convenio CMR le da distintas utilidades:
Tanto el Transportista como el Cargador pueden emitir o pueden exigir la emisión de la Carta de Porte. Su contenido es amplio (muestra en figura siguiente), como más importante:
Normalmente la Carta de Porte del CMR constará de tres copias: